Aunque este tema está tratado en diversos post, me he atrevido a hacer un pequeño-gran resumen, tratando de abordar el tema de tener hijos en su totalidad. La incompatibilidad biológica para reproducirse de las parejas homosexuales es una de las razones que históricamente ha sido más utilizada para argumentar que nosotros no podemos ser una familia.
Bien, es cierto que, hasta donde llegan mis conocimientos de biología a una pareja gay le falta un óvulo y un útero donde gestar, y a una pareja lésbica les falta un poco de esperma (qué trivial se vuelve el problema si consideramos al espermatozoide como un mero portador de información genética, ¿verdad?). Y, sin embargo, existen maneras de que esas parejas puedan tener hijos. ¿Cuáles son?
Adopción
La primera, y en ciertos aspectos más sencilla, es la adopción. En España, la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo aprobada en 2005 otorga a los homosexuales los mismos derechos en esta materia que a los heterosexuales. O, en otras palabras: hablemos de matrimonios, parejas de hecho o personas solas, no podrá tenerse en cuenta la orientación sexual de los adoptantes para consentir o denegar la adopción. Sin embargo, en España, la adopción es un trámite muy lento y bastante dificultoso que en la mayoría de las ocasiones acaba en nada, incluso en parejas heterosexuales. Esta lentitud viene determinada por la necesidad de comprobar la idoneidad de los padres, pero también por la lentitud burocrática y judicial. En todo caso, es raro que el procedimiento termine antes de un año.
Respecto a la adopción internacional, depende, obviamente, de la legislación del país donde proceda el niño que queremos adoptar. Algunos países como China, Nepal o Tailandia se niegan a dar en adopción sus niños huérfanos a parejas homosexuales, pero en otros es ya una realidad posible. Algunos delos países que permiten que sus ciudadanos o parejas LGTB adopten son Alemania, Islandia, Uruguay, Argentina o Sudáfrica: en buena lógica, esos países también deberían permitir que ciudadanos o parejas LGTB extranjeras adopten.
Embarazo
Si por convicciones personales queremos que nuestro hijo sea biológicamente hablando, nuestro hijo y por tanto la adopción no es una opción, se nos presentan también una serie de opciones. La primera de ellas es la del embarazo, disponible obviamente sólo para parejas lésbicas. Aquí se plantean generalmente dos problemas. El primero de ellos es decidir quién de las dos se quedará embarazada. Es un problema peliagudo al que no puede darse una solución general, y en el que a parte de factores emocionales, han de tenerse en cuenta factores físicos como pueden ser la edad, la constitución de cada mujer, la existencia o inexistencia de enfermedades...
Una vez hemos decidido quién se queda embarazada, viene la segunda pregunta: ¿quién será el padre? Hay muchas parejas que optan porque el padre sea alguien querido por las dos, un buen amigo de la pareja o alguien muy cercano. Si no es el caso, en España existen bancos de donación de semen, en cuyo caso el padre sería completamente anónimo.
Finalmente, hay que reseñar que existen investigaciones en curso que buscan la posibilidad de crear espermatozoides a partir de células de la médula ósea, lo que de desarrollarse permitiría a las parejas lésbicas tener hijos biológicos sin necesidad de recurrir a un hombre. Sin embargo, esta tecnología está aún en pañales y, si sale adelante, no será barata Por cierto, un breve apunte jurídico sobre el tema: la ley española [link artículo 7.3 de la Ley de Reproducción Humana Asistida] permite, en caso de que una mujer casada con otra tenga un hijo, inscribirle con las dos como progenitoras, sin que tenga que aparecer el nombre del padre biológico.
Gestación por sustitución
Los hombres, sin embargo, lo tenemos un poco más complicado, por dos factores: que no tenemos un útero donde gestar al niño y que las donaciones de óvulos son mucho menos frecuentes que las de esperma. Esta disparidad se explica porque, mientras que los hombres pasamos una gran parte de nuestra vida produciendo semen, y se pueden extraer grandes cantidades con poco esfuerzo (esto lo solemos descubrir todos en la adolescencia), las mujeres sólo producen un óvulo al mes. Por eso, mientras que donar semen es sencillo y hasta placentero, las donantes de óvulos deben sufrir un tratamiento hormonal para que el mes que se vaya a realizar la donación madure más de un óvulo, consiguiendo así una mayor rentabilidad.
A los gays que queremos tener hijos biológicos nos queda solamente la técnica de gestación por sustitución, es decir, lo que normalmente se llama “útero de alquiler”. Es un tema bastante controvertido éticamente, que funciona como sigue: una mujer pone sus capacidades reproductivas al servicio de una pareja que no puede tener hijos (heterosexual estéril, gay, etc.). Uno de los miembros de la pareja fecunda a la mujer, pero pactando con ella que cuando el bebé nazca su filiación pertenecerá a la pareja y no a ella, que no tendrá vínculo jurídico alguno con él. Normalmente esto se hace a cambio de precio: sin embargo, existen casos de parejas masculinas con amigas a las cuales no les ha importado gestar un hijo para ellos.
Como hemos dicho, el tema es éticamente controvertido por el golpe que supone a la concepción de la gestación como un proceso íntimo, que crea un lazo fáctico entre la mujer y su hijo. Y, como la ética y el Derecho están muy ligados, muchos países aún no permiten esta técnica. España, por ejemplo, considera nulos los contratos de gestación por sustitución [link: artículo 10 de la Ley de Reproducción Humana Asistida], lo que quiere decir que cuando nazca el niño sus padres legales serán la gestante y el miembro de la pareja que la fecundó. Por supuesto, ella siempre puede dar al bebé en adopción al otro miembro de la pareja, pero volvemos a hablar de las adopciones y de su lentitud.
En EE.UU. y otros países la práctica es legal, pero si una pareja española la lleva a cabo tiene que saber que puede que luego haya problemas para inscribir al niño en el Registro Civil como hijo de los dos. Es el caso de la pareja de gays valencianos que tuvieron hijos (gemelos) por subrogación en Los Ángeles. El consulado se negó a inscribirlos como hijos de ambos: recurrieron y ganaron, pero el asunto pasó a los tribunales, donde perdieron. El asunto está aún pendiente de un tercer recurso. Como los niños nacieron en octubre de 2008 llevan tres años en un limbo jurídico, no por lo que se refiere a su padre biológico, sino a la pareja de éste.
Conclusión
¿Qué os parecen estas soluciones? ¿Os habíais planteado alguna vez tener hijos? Yo recuerdo que sí, que una de las cosas por las que más me costó asumir mi homosexualidad fue precisamente, esto.
Bien, es cierto que, hasta donde llegan mis conocimientos de biología a una pareja gay le falta un óvulo y un útero donde gestar, y a una pareja lésbica les falta un poco de esperma (qué trivial se vuelve el problema si consideramos al espermatozoide como un mero portador de información genética, ¿verdad?). Y, sin embargo, existen maneras de que esas parejas puedan tener hijos. ¿Cuáles son?
Adopción
La primera, y en ciertos aspectos más sencilla, es la adopción. En España, la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo aprobada en 2005 otorga a los homosexuales los mismos derechos en esta materia que a los heterosexuales. O, en otras palabras: hablemos de matrimonios, parejas de hecho o personas solas, no podrá tenerse en cuenta la orientación sexual de los adoptantes para consentir o denegar la adopción. Sin embargo, en España, la adopción es un trámite muy lento y bastante dificultoso que en la mayoría de las ocasiones acaba en nada, incluso en parejas heterosexuales. Esta lentitud viene determinada por la necesidad de comprobar la idoneidad de los padres, pero también por la lentitud burocrática y judicial. En todo caso, es raro que el procedimiento termine antes de un año.
Respecto a la adopción internacional, depende, obviamente, de la legislación del país donde proceda el niño que queremos adoptar. Algunos países como China, Nepal o Tailandia se niegan a dar en adopción sus niños huérfanos a parejas homosexuales, pero en otros es ya una realidad posible. Algunos delos países que permiten que sus ciudadanos o parejas LGTB adopten son Alemania, Islandia, Uruguay, Argentina o Sudáfrica: en buena lógica, esos países también deberían permitir que ciudadanos o parejas LGTB extranjeras adopten.
Embarazo
Si por convicciones personales queremos que nuestro hijo sea biológicamente hablando, nuestro hijo y por tanto la adopción no es una opción, se nos presentan también una serie de opciones. La primera de ellas es la del embarazo, disponible obviamente sólo para parejas lésbicas. Aquí se plantean generalmente dos problemas. El primero de ellos es decidir quién de las dos se quedará embarazada. Es un problema peliagudo al que no puede darse una solución general, y en el que a parte de factores emocionales, han de tenerse en cuenta factores físicos como pueden ser la edad, la constitución de cada mujer, la existencia o inexistencia de enfermedades...
Una vez hemos decidido quién se queda embarazada, viene la segunda pregunta: ¿quién será el padre? Hay muchas parejas que optan porque el padre sea alguien querido por las dos, un buen amigo de la pareja o alguien muy cercano. Si no es el caso, en España existen bancos de donación de semen, en cuyo caso el padre sería completamente anónimo.
Finalmente, hay que reseñar que existen investigaciones en curso que buscan la posibilidad de crear espermatozoides a partir de células de la médula ósea, lo que de desarrollarse permitiría a las parejas lésbicas tener hijos biológicos sin necesidad de recurrir a un hombre. Sin embargo, esta tecnología está aún en pañales y, si sale adelante, no será barata Por cierto, un breve apunte jurídico sobre el tema: la ley española [link artículo 7.3 de la Ley de Reproducción Humana Asistida] permite, en caso de que una mujer casada con otra tenga un hijo, inscribirle con las dos como progenitoras, sin que tenga que aparecer el nombre del padre biológico.
Gestación por sustitución
Los hombres, sin embargo, lo tenemos un poco más complicado, por dos factores: que no tenemos un útero donde gestar al niño y que las donaciones de óvulos son mucho menos frecuentes que las de esperma. Esta disparidad se explica porque, mientras que los hombres pasamos una gran parte de nuestra vida produciendo semen, y se pueden extraer grandes cantidades con poco esfuerzo (esto lo solemos descubrir todos en la adolescencia), las mujeres sólo producen un óvulo al mes. Por eso, mientras que donar semen es sencillo y hasta placentero, las donantes de óvulos deben sufrir un tratamiento hormonal para que el mes que se vaya a realizar la donación madure más de un óvulo, consiguiendo así una mayor rentabilidad.
A los gays que queremos tener hijos biológicos nos queda solamente la técnica de gestación por sustitución, es decir, lo que normalmente se llama “útero de alquiler”. Es un tema bastante controvertido éticamente, que funciona como sigue: una mujer pone sus capacidades reproductivas al servicio de una pareja que no puede tener hijos (heterosexual estéril, gay, etc.). Uno de los miembros de la pareja fecunda a la mujer, pero pactando con ella que cuando el bebé nazca su filiación pertenecerá a la pareja y no a ella, que no tendrá vínculo jurídico alguno con él. Normalmente esto se hace a cambio de precio: sin embargo, existen casos de parejas masculinas con amigas a las cuales no les ha importado gestar un hijo para ellos.
Como hemos dicho, el tema es éticamente controvertido por el golpe que supone a la concepción de la gestación como un proceso íntimo, que crea un lazo fáctico entre la mujer y su hijo. Y, como la ética y el Derecho están muy ligados, muchos países aún no permiten esta técnica. España, por ejemplo, considera nulos los contratos de gestación por sustitución [link: artículo 10 de la Ley de Reproducción Humana Asistida], lo que quiere decir que cuando nazca el niño sus padres legales serán la gestante y el miembro de la pareja que la fecundó. Por supuesto, ella siempre puede dar al bebé en adopción al otro miembro de la pareja, pero volvemos a hablar de las adopciones y de su lentitud.
En EE.UU. y otros países la práctica es legal, pero si una pareja española la lleva a cabo tiene que saber que puede que luego haya problemas para inscribir al niño en el Registro Civil como hijo de los dos. Es el caso de la pareja de gays valencianos que tuvieron hijos (gemelos) por subrogación en Los Ángeles. El consulado se negó a inscribirlos como hijos de ambos: recurrieron y ganaron, pero el asunto pasó a los tribunales, donde perdieron. El asunto está aún pendiente de un tercer recurso. Como los niños nacieron en octubre de 2008 llevan tres años en un limbo jurídico, no por lo que se refiere a su padre biológico, sino a la pareja de éste.
Conclusión
¿Qué os parecen estas soluciones? ¿Os habíais planteado alguna vez tener hijos? Yo recuerdo que sí, que una de las cosas por las que más me costó asumir mi homosexualidad fue precisamente, esto.
3 comentarios:
Si me he planteado, cualquier opción me parece buena, auqnue tal vez termine adoptando como soltero.
Artículo muy interesante! Pero tener un hijo representa también un cierto grado de visibilidad, y yo creo que eso es bueno, supone una normalización de la homosexualidad, tal y como explica esta pareja en un reportaje muy breve que emitieron ayer en TV3, en catalán:
http://www.324.cat/noticia/1411587/societat/Les-families-de-lesbianes-i-gais-tenen-por-dun-possible-retroces-dels-seus-drets-davant-un-futur-canvi-politic
Un post muy interesante, además de fundamental para los que quieran tener hijos. Conocía las tres posibles vías que planteas, aunque ignoraba la situación jurídica de lo de las madres de substitución y de los embarazos en las parejas de mujeres.
Muchas gracias ahora tengo muy claro el panorama.
Un abrazo.
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